jueves, 28 de mayo de 2020

El mayo argentino (4)

Rosario, zona de emergencia militar. Los Consejos de guerra.

En una nota publicada tres años después en la revista Primera Plana, el redactor presenta de este modo la comunicación que el comandante del II Cuerpo de Ejército habría efectuado al comandante del arma, Alejandro Agustín Lanusse.

FONSECA: La situación es muy peligrosa y voy a intervenir para que vuelva el orden.

LANUSSE: ¿Usted califica la situación de grave?

FONSECA: Sí, mi general.

LANUSSE: Intervenga, no más.

La conversación telefónica se efectuó el miércoles 21 de mayo del '69.


El bando militar Nº 1, firmado por el comandante del II Cuerpo de Ejército, general Roberto Aníbal Fonseca, establecía que era deber de la autoridad militar “utilizar todos los medios legales para lograr una represión rápida, enérgica y eficaz de los actos delictivos que se cometan aprovechando la situación de conmoción existentes”. Si algo había que reconocerle al comunicado castrense era que no usaba eufemismos. Con la misma crudeza informaba que se establecían los procedimientos expeditivos previstos en el código de justicia militar, y que de acuerdo a ellos serían penados los delitos de hurto, robo, daño, incendio y otros estragos, así como los actos contra medios de transporte o comunicaciones. Asimismo, toda persona o conjunto de personas que dentro de la zona de emergencia atacase a personal militar o de las fuerzas de seguridad, sería juzgada por Concejos de guerra especiales. Por último, los efectivos militares y policiales quedaban formalmente autorizados para usar sus armas contra cualquier persona sorprendida en la comisión de alguno de los delitos detallados, en caso que no se rindiesen ante la primera intimación.

Durante el día jueves otros comunicados militares fueron ampliando las amenazas. En uno de ellos se advertía que, ante versiones de que grupos de personas estarían reunidas para volver a promover disturbios, se hacía saber a la población que las fuerzas a las órdenes del comandante militar procederían a dispersar con el máximo de energía las concentraciones. Agregaba que, a partir del momento en que no se acatasen las indicaciones de las fuerzas represivas, la responsabilidad por los hechos que ocurriesen sería exclusiva de los promotores de los desórdenes. Y concluía con que, una vez detenidos los elementos subversivos serían juzgados por tribunales militares de acuerdo al código militar.

A pesar de los anuncios intimidatorios, cerca de las 8 de la noche unos 300 manifestantes se concentraron en las inmediaciones de Córdoba y Mitre. La policía apareció lanzando gases lacrimógenos, y dispersó a los manifestantes que se reconcentraban o fragmentaban en pequeños grupos por las distintas calles céntricas. Aunque en mucha menor escala, volvían a repetirse los hechos del día anterior. Los policías y gendarmes que participaban de la represión debieron sospechar que los jóvenes encontraban refugio en los edificios de la zona, porque cerca de las 21 llegaron coches con policías provinciales que comenzaron a tirar con pistolas, metralletas y hasta fusiles contra el frente del edificio de Córdoba 1312. También tiraron contra otras casas de las inmediaciones, y dispararon ráfagas de metralleta a lo largo de la calle.

El argumento para justificar tal grado de ferocidad era que habían recibido disparos desde alguno de los edificios, pero no realizaron ningún allanamiento, y se retiraron luego de 10 minutos. Un rato después volvieron a reaparecer los manifestantes, y se repitieron las corridas y detenciones. Según el informe oficial los apresados por esos incidentes fueron 25, y todos fueron puestos a disposición de los tribunales militares. Sin embargo el número de apresados se incrementó en allanamientos posteriores, como el efectuado en una casa de Rioja y Paraguay, donde fueron detenidos los dirigentes telefónicos Bernardo Álvarez, Gustavo Míchler, Gumersindo Lázzare, José Abad y Alejandro Garramendi.

Las razias continuaron al día siguiente, y en un allanamiento realizado en la residencia estudiantil del Colegio Mayor Universitario fueron detenidos numerosos estudiantes, al tiempo que se informaba de la incautación de un mimeógrafo y volantes antigubernamentales.

El viernes se concretó el paro general dispuesto por las dos centrales sindicales. El acatamiento a la medida de fuerza fue unánime, y se sumaron los llamados sindicatos independientes, como bancarios, empleados de comercio y trabajadores de Luz y Fuerza, así como otras entidades que no estaban enroladas en la CGT de los Argentinos o en la de la calle Azopardo. Los negocios que en la zona céntrica rosarina intentaron abrir por la mañana, volvieron a cerrar antes de que llegara el mediodía ante la ausencia del personal. Algo parecido ocurrió con los pocos transportes públicos que circularon al comenzar el día. Paulatinamente fueron desapareciendo de las calles, y a eso se sumó el paro de la Unión Ferroviaria y la Fraternidad.

El sepelio de Luis Norberto Blanco fue multitudinario. A pesar del paro y de la falta de transportes miles de personas acompañaron sus restos desde Barrio Alberdi hasta la Iglesia del Perpetuo Socorro, y desde allí hasta el cementerio. Algún relato periodístico comentó que no se veía policías por las calles, y la vigilancia se ejercía en forma discreta por parte de la gendarmería movilizándose en vehículos de la municipalidad. La jornada se cerró con una nueva concentración estudiantil en las cercanías del local de Luz y Fuerza, en la esquina de Junín y 4 de Enero. Alrededor de un millar de asistentes realizaron un acto, y concluyó con nuevos enfrentamientos entre manifestantes y fuerzas policiales.

Mientras todo esto ocurría, se dio a conocer el segundo bando militar. Allí se establecía que cualquier civil que públicamente instara a la violencia colectiva o que alterase el orden público, sería reprimido con prisión mayor. Si el civil hacía resistencia ostensible o si no obedecía las órdenes de militares o policías, podía ser sancionado con prisión de hasta cuatro años. Si la resistencia se hacía por medio de las armas, la reclusión podía llegar a los quince años. Pero, si en ese enfrentamiento resultase muerto algún miembro de la represión, el castigo podía ser la de reclusión por tiempo indeterminado o pena de muerte. Otros delitos contemplados en el Código penal de la Nación eran pasados a la órbita militar, con lo cual las penas podían llegar a duplicarse. Al finalizar se reiteraba que los tribunales militares serían los encargados de juzgar los casos y dictar las condenas.

Uno de los primeros fallos dictados por el Consejo de Guerra de la zona de emergencia de Rosario, condenaba al matrimonio formado por Miguel Ángel Vivas y Alicia del Valle Gorosito, a un año y tres meses de prisión. La acusación que pesaba sobre ellos era haber arrojado clavos miguelito en la calle, durante la huelga general.

Con respecto a los tribunales militares, en el periódico de la CGT de los Argentinos se incluyó una información que yo no encontré en mi rastreo por los diarios de la época, pero que reproduzco textualmente porque parece verosímil.

Cuando Fonseca declara Zona de Emergencia a Rosario, nombra a un tribunal militar, presidido por el teniente coronel Ledesma. Este pide ser relevado de su cargo, pues según dijo: “en mis funciones no entra el juzgar a personas honestas”. Fonseca le respondió: “Usted, teniente coronel, tiene dos caminos. O preside el tribunal militar o se pega un tiro”. El teniente coronel se debate ahora entre la vida y la muerte en un hospital militar, con una bala en la cabeza.

Este fue el Rosariazo, aunque recién recibiría esa denominación tiempo después, luego de que la crónica periodística acuñase el término Cordobazo para referirse a los hechos que tuvieron lugar en la ciudad mediterránea a la semana siguiente. Me he detenido en lo ocurrido en Rosario durante esa semana, pero en otras ciudades del país también se vivían acontecimientos dramáticos, y ahora trataré de reseñarlos.

(Continuará)

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